Cuando fallece un familiar en Almería, el dolor del duelo llega acompañado de un aluvión de trámites y una pregunta que no tarda en aparecer: ¿cuánto voy a tener que pagar a Hacienda? La respuesta corta es que, para los herederos directos, la carga fiscal en Andalucía es hoy de las más bajas de España. Pero la respuesta completa exige distinguir entre tres tributos que funcionan de forma muy distinta: el Impuesto de Sucesiones, la plusvalía municipal y el IRPF cuando vendes lo heredado.

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1. Impuesto de Sucesiones en Almería: prácticamente cero para familiares directos

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) se paga en la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual. Si vivía en Almería, el impuesto se liquida ante la Agencia Tributaria de Andalucía (ATRIAN) — no ante la Agencia Tributaria estatal — y se aplica la normativa andaluza, explicada en detalle en el portal oficial (https://www.juntadeandalucia.es/organismos/atrian/areas/informacion-tributaria/impuestos/preguntas-frecuentes/impuestos-sucesiones/).

La bonificación del 99%: la clave en Andalucía

Desde el 11 de abril de 2019, los hijos y descendientes, padres y ascendientes y el cónyuge pueden aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria en las adquisiciones por fallecimiento (mortis causa), incluidas las de los beneficiarios de pólizas de seguro de vida. Junta de Andalucía Las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Andalucía también se equiparan al cónyuge a estos efectos.

En la práctica esto significa que, una vez calculado el impuesto, solo pagas el 1% restante. Un resumen comparado de todas las comunidades autónomas puede verse en (https://www.domesticatueconomia.es/impuesto-de-sucesiones-y-donaciones-por-comunidades-autonomas/).

Para hijos, cónyuge y ascendientes (Grupos I y II), además de la bonificación del 99%, existe en Andalucía una reducción de hasta 1.000.000 € sobre la base imponible. Por tanto, los herederos directos quedan exentos de pagar impuesto para herencias de hasta ese importe. SG24 Asesores

¿Y para hermanos, tíos y sobrinos?

Para hermanos, tíos, sobrinos y otros parientes colaterales, la bonificación es menor. Estos herederos pueden optar a una reducción de 250.000 € sobre la base a tributar. Domestica tu economia A partir de esa cifra, tributan con tarifas progresivas mucho más elevadas, por lo que la planificación fiscal resulta especialmente importante en estos casos.

Reducciones adicionales en la base imponible

La normativa andaluza — recogida en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía — contempla también:

  • Reducción del 95% por adquisición de la vivienda habitual del fallecido, cuando hereda el cónyuge, ascendientes o descendientes, siempre que la vivienda haya sido el domicilio habitual del fallecido y que los herederos mantengan la propiedad durante al menos 3 años. MAPFRE
  • Reducciones por discapacidad, con cuantías variables según el grado reconocido.
  • Reducción por adquisición de empresa o negocio profesional, cuando se cumplen los requisitos de la Ley 19/1995 de Modernización de Explotaciones Agrarias (especialmente relevante en la provincia almeriense, con un tejido agrícola muy activo).

Modelos y plazos ante la ATRIAN

En Andalucía debes presentar el modelo 660 (declaración de datos comunes de la herencia) y, por cada heredero, el modelo 650 (autoliquidación individual del impuesto). Dispones de 6 meses desde el fallecimiento para presentar la autoliquidación, con posibilidad de pedir prórroga de otros 6 meses si lo solicitas antes de que venza el plazo inicial. SG24 Asesores

Ambos modelos se presentan ante la ATRIAN, de forma telemática o presencial con cita previa: (https://www.juntadeandalucia.es/organismos/atrian/areas/declaracion-pagos/presentacion-impuestos/sucesiones-donaciones.html).

Atención: la bonificación del 99% no es automática. La perderás si te pasas del plazo de presentación o si vendes un inmueble heredado antes de que transcurran los tres años mínimos exigidos. El Diario de Andalucía Guarda siempre el justificante de presentación, aunque la cuota resulte cero.


2. Plusvalía municipal por herencia en Almería: qué es y cómo se calcula

La plusvalía municipal —nombre técnico: Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)— es un tributo local, gestionado por cada ayuntamiento, completamente independiente del Impuesto de Sucesiones.

Se paga cuando heredas un inmueble urbano (piso, local, garaje, solar) situado en cualquier municipio de la provincia de Almería. No se aplica a fincas rústicas.

¿Quién paga y cuándo?

En caso de herencia, el plazo para liquidar la plusvalía municipal es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable hasta un año. La obligación recae sobre los herederos. Inmobiliariaenalmeria

El devengo se produce en la fecha del fallecimiento, no cuando se acepta formalmente la herencia. Esto significa que el reloj empieza a correr desde el primer día, aunque la aceptación notarial tarde meses.

Cómo se calcula: dos métodos a tu elección

Desde la reforma del Real Decreto-ley 26/2021, el heredero puede elegir el método que resulte más favorable:

  • Método objetivo: valor catastral del suelo × coeficiente máximo según los años de tenencia del inmueble por el fallecido. Los coeficientes se actualizan anualmente (en 2025 mediante el RDL 9/2024).
  • Método real: diferencia entre el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones y el valor de adquisición original del causante. Si el resultado es negativo (el valor del suelo no ha aumentado), la cuota es cero.

Un análisis detallado de ambos métodos aplicados a Almería puede verse en (https://www.calcularplusvalia.com/almeria/) y en (https://www.inmobiliariaenalmeria.com/calculo-de-la-plusvalia-en-almeria-al-vender-una-vivienda/).

Bonificaciones del Ayuntamiento de Almería

El Ayuntamiento de Almería contempla reducciones en casos de herencias entre familiares directos, vivienda habitual y transmisiones de poco valor. Sin asesoría, estas ventajas pasan desapercibidas y se acaba pagando de más. Plusvaliafacil Un ejemplo concreto: una familia que heredó una casa en Almería habría pagado más de 8.000 € sin asesoramiento; con la aplicación de la bonificación del 95% sobre vivienda habitual, el pago se redujo a menos de 400 €. Plusvaliafacil

Para el simulador oficial del Ayuntamiento de Almería: (https://aytoalmeria.tributoslocales.es/040137/AALMERIA/plusvalia).

La Diputación Provincial de Almería centraliza también los accesos a los portales tributarios de los 103 municipios de la provincia: (https://www.dipalme.org/Servicios/cmsdipro/index.nsf/informacion.xsp?p=hacienda&documentId=45B65D180C526478C1257D6400273BEF). Si la vivienda heredada está en Roquetas de Mar, El Ejido, Adra o cualquier otro municipio, deberás presentar la plusvalía ante el ayuntamiento de ese municipio, no ante el de Almería capital.

Errores más frecuentes a evitar:

  • Presentar fuera de los 6 meses sin haber solicitado prórroga, lo que genera recargos e intereses.
  • No comparar los dos métodos de cálculo, eligiendo el que resulta más caro.
  • No solicitar las bonificaciones por parentesco o vivienda habitual disponibles en la ordenanza fiscal municipal.

3. IRPF cuando después vendes lo heredado

El Impuesto sobre la Renta no se paga por recibir la herencia, sino por la posible ganancia patrimonial si más adelante vendes los bienes heredados.

El esquema de cálculo es el siguiente:

  • Valor de adquisición: el valor declarado en el Impuesto de Sucesiones (más los impuestos y gastos asociados: Sucesiones, plusvalía, notaría, Registro…).
  • Valor de transmisión: el precio de venta (menos comisiones y gastos de la operación).
  • Diferencia positiva: tributa en la base del ahorro del IRPF a tipos del 19% al 30% (escala de 2025).

La planificación del momento de la venta, el aprovechamiento correcto del valor de adquisición y las posibles exenciones (por ejemplo, reinversión en vivienda habitual si el heredero tiene menos de 65 años) pueden marcar diferencias fiscales muy relevantes.


4. Resumen práctico: tres impuestos, tres trámites distintos

Si has recibido una herencia en Almería, estos son los tributos que debes revisar:

Impuesto de Sucesiones (Andalucía)

Plusvalía municipal (IIVTNU)

IRPF (en el momento de la venta)

  • Grava la ganancia patrimonial si vendes los bienes heredados.
  • El valor declarado en Sucesiones más los gastos pagados se convierte en tu coste de adquisición fiscal.
  • Conviene planificar la operación antes de firmar.

5. Recomendación profesional

En Almería —y en toda Andalucía— el Impuesto de Sucesiones para familiares directos está prácticamente anulado gracias a la bonificación del 99%, pero eso no equivale a «la herencia no paga impuestos». La bonificación no es automática: se pierde si se supera el plazo de presentación o si se venden los inmuebles antes de los tres años exigidos. El Diario de Andalucía A ello se suman la plusvalía municipal —que puede ascender a varios miles de euros si el inmueble lleva décadas en la familia— y el IRPF diferido de las futuras ventas.

Gestionar correctamente los tres tributos, aplicar todas las reducciones disponibles y planificar la venta a tiempo puede suponer la diferencia entre una herencia fluida y una que se enquista durante años. Una asesoría especializada en herencias en Almería es la forma más eficiente de asegurar que no pierdes ninguna ventaja fiscal.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuánto cobra un abogado o gestor por tramitar una herencia en Almería? Los honorarios varían según la complejidad del caudal hereditario, pero la gestión integral de una herencia sencilla (un inmueble, dos o tres herederos directos) suele situarse entre 600 € y 1.500 € + IVA. Existen gestorías online especializadas en herencias en Andalucía que trabajan desde 300 € + IVA para la autoliquidación del modelo 650. Solicita siempre presupuesto cerrado por escrito.

¿Cuánto tarda en resolverse la herencia si hay acuerdo entre los herederos? Con acuerdo entre todos los herederos y documentación completa (certificado de defunción, de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos, y valoraciones de bienes), una herencia en Almería puede cerrarse en 2 a 4 meses. Los trámites ante la ATRIAN y el Registro de la Propiedad son los que más tiempo consumen.

¿Qué pasa si no presento el Impuesto de Sucesiones en el plazo de 6 meses? Hacienda puede imponer recargos del 5% al 20% sobre la cuota, más intereses de demora, dependiendo del tiempo transcurrido. Además, archiva toda la documentación durante al menos cuatro años y un día, porque la Agencia Tributaria podría revisarla El Diario de Andalucía incluso cuando la cuota resultante haya sido cero.


 

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