Cuando heredas en la provincia de Badajoz (Comunidad Autónoma de Extremadura), entran en juego hasta tres tributos distintos. El Impuesto de Sucesiones, con una bonificación del 99% para hijos, cónyuge y padres; la plusvalía municipal, que se paga al Ayuntamiento por cada inmueble urbano que recibas; y el IRPF, que sólo afecta si más adelante vendes lo heredado.

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Heredar en Badajoz o en cualquier municipio de la provincia puede ser uno de los momentos más intensos de tu vida: la pérdida de un ser querido llega mezclada con papeles, plazos y decisiones que nadie te enseñó a tomar. Si estás en esa situación, respira. Aquí encontrarás una explicación clara, honesta y actualizada de todos los impuestos que pueden afectarte.

 

1. Impuesto de Sucesiones en Badajoz: casi simbólico para la familia directa

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) se liquida ante la administración autonómica donde el fallecido tenía su residencia habitual. Si vivía en Badajoz o en cualquier municipio de la provincia, el impuesto se presenta ante el Servicio Fiscal de Badajoz de la Dirección General de Tributos de la Junta de Extremadura, sito en la calle Padre Tomás, 4, 06001 Badajoz (datos de contacto y oficinas competentes en https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/isyd).

La bonificación del 99%: la clave de Extremadura

En Extremadura, los sujetos pasivos incluidos en los Grupos I y II de parentesco —descendientes, adoptados, cónyuge, ascendientes y adoptantes— aplican una bonificación del 99% en la cuota tributaria derivada de adquisiciones mortis causa y de cantidades percibidas por beneficiarios de seguros de vida. Ibercaja Esto significa que, en la práctica, la factura final para un hijo o cónyuge es casi cero.

Concretamente, para los descendientes y adoptados menores de 21 años (Grupo I) se aplica directamente el 99%. Para los del Grupo II —descendientes mayores de 21, cónyuge, ascendientes y adoptantes— la bonificación es también del 99% cuando la base imponible no supera los 175.000 €, del 95% si no supera los 325.000 €. Life5

Novedad 2025 importante: La Ley 1/2025 ha introducido importantes novedades en el Impuesto de Sucesiones en Extremadura. Entre ellas destaca una reducción de hasta 500.000 € en la base imponible para los herederos incluidos en los Grupos I y II, lo que puede reducir la cuota a cero en muchos casos. Además, se crea un Registro Autonómico de personas vinculadas, que permite a convivientes con más de 3 años de convivencia acreditada acceder a beneficios fiscales como si fueran familiares directos. fiecco-asesores

Todo ello se desarrolla en el Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril, texto refundido de tributos cedidos de Extremadura (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-8159), y en las medidas del Decreto-Ley 1/2025 con efectos desde el 29 de enero de 2025.

¿Y si soy hermano, tío o sobrino del fallecido?

La situación cambia radicalmente. Los colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos, tíos) pertenecen al Grupo III; los primos y grados más distantes, al Grupo IV. Estos grupos no disfrutan de la bonificación del 99%, tributan con los coeficientes multiplicadores y tarifa del régimen estatal, cuyo tipo progresivo va del 7,65% al 34%. Ibercaja Si eres heredero en esta situación, la asesoría fiscal especializada no es opcional: es necesaria.

Reducciones adicionales sobre la base imponible

Más allá de la bonificación, en Extremadura existen reducciones que reducen la base antes de calcular la cuota:

  • Reducción por parentesco (Grupo I): Los descendientes y adoptados menores de 21 años pueden aplicar una reducción de hasta 70.000 € (18.000 € base más 6.000 € por cada año menos de 21, sin exceder ese máximo). Abogados y Herencias
  • Reducción por vivienda habitual: El artículo 19 del Texto Refundido de la Junta de Extremadura establece una reducción del 100% del valor de la vivienda habitual del causante cuando ésta esté acogida a determinadas modalidades de vivienda de protección pública y el adquirente sea cónyuge, ascendientes, descendientes o adoptados que hayan convivido con el fallecido. Portal Tributario Para vivienda libre, aplica la reducción estatal del 95% con los requisitos de permanencia habituales.
  • Reducción por discapacidad: hasta 180.000 € según el grado acreditado (https://www.abogadosyherencias.com/impuesto-sucesiones-extremadura/).

Plazos y cómo presentarlo en Badajoz

El plazo de presentación es de 6 meses a contar desde el día del fallecimiento. Se puede solicitar prórroga durante los cinco primeros meses por un plazo igual al inicial (otros seis meses más). AFIP No confundas generar el modelo con presentarlo: ni la generación del modelo 650 a través de la confección online del Portal Tributario, ni su pago, suponen la presentación del impuesto. Portal Tributario Debes presentarlo físicamente o por vía telemática ante la oficina competente.

El modelo de autoliquidación (650) y los formularios oficiales están disponibles en el Portal Tributario de la Junta de Extremadura: https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/modelo650.

Atención al pago: los beneficios fiscales del ISD en Extremadura solo son aplicables si el pago se realiza mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en entidades de crédito (artículo 52.3 del Decreto Legislativo 1/2018). El pago en efectivo hace perder las bonificaciones. Portal Tributario


2. Plusvalía municipal por herencia en Badajoz

La plusvalía municipal —nombre común del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)— es un tributo local, no autonómico. Lo gestiona directamente cada Ayuntamiento. Si el inmueble heredado está en el término municipal de Badajoz capital, el interlocutor es el Ayuntamiento de Badajoz; si está en Mérida, Don Benito, Almendralejo u otro municipio, el organismo competente cambia. El Organismo Autónomo de Recaudación (OAR) de la Diputación de Badajoz gestiona este impuesto para numerosos municipios de la provincia (https://oar.dip-badajoz.es/paginas/impuesto-sobre-el-incremento-del-valor-de-los-terrenos-de-naturaleza-urbana-iivtnu).

¿Quién paga y cuándo nace la obligación?

En las transmisiones a título lucrativo —donaciones, herencias o legados—, el sujeto pasivo es el adquirente de los bienes, es decir, el heredero o legatario que recibe el inmueble. Dip-badajoz El devengo se produce en la fecha del fallecimiento, no cuando se acepta la herencia ni cuando se firma la escritura de adjudicación.

Solo afecta a inmuebles urbanos (pisos, locales, solares). Las fincas rústicas no tributan por este concepto.

Cómo se calcula: dos métodos, elige el más barato

Desde la reforma del Real Decreto-ley 26/2021 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-18347), el contribuyente puede elegir entre dos métodos:

  • Método objetivo: valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente oficial según los años de tenencia del inmueble por el causante. Para calcular la plusvalía en transmisiones lucrativas como las herencias, el valor del inmueble a tomar es el declarado en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Dip-badajoz
  • Método real: diferencia entre el precio de compra del causante y el valor declarado en la herencia, prorrateada según la proporción que representa el valor catastral del suelo sobre el valor catastral total, y sobre ese resultado se aplica el tipo municipal. La Nube Fiscal

Si el resultado del método real es negativo (es decir, si el causante adquirió el inmueble por más de lo que vale ahora), no hay plusvalía y la cuota es cero. La Nube Fiscal

El simulador oficial del Ayuntamiento de Badajoz está disponible en https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/gestion-tributaria-y-recaudacion/informacion-general/52634/calculadora-de-plusvala y el OAR de la Diputación ofrece también su propia calculadora en https://oar.dip-badajoz.es/cfiscal/iivtnu.jsp.

Plazo para liquidar la plusvalía en Badajoz

En herencias, el plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita antes de que venza el plazo inicial. Bankinter La documentación que debes adjuntar a la declaración incluye la escritura de adjudicación de herencia o, en su defecto, testamento, o declaración de herederos si no hubiere testamento, y el certificado de últimas voluntades, así como los títulos de adquisición del causante de las fincas transmitidas. Dip-badajoz

Para el Ayuntamiento de Badajoz capital, los modelos y tramitación online están en https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/gestion-tributaria-y-recaudacion/iivtnu.


3. IRPF cuando vendes lo heredado

El IRPF no grava el hecho de recibir la herencia (eso lo hace el ISD), sino la posible ganancia patrimonial que obtienes si posteriormente vendes un bien heredado.

Para Hacienda, el valor de adquisición del bien heredado será el declarado en el Impuesto de Sucesiones más los gastos e impuestos satisfechos (notaría, registro, ISD pagado, plusvalía). El valor de transmisión será el precio real de venta. La diferencia positiva tributa en la base del ahorro del IRPF a tipos del 19%, 21%, 23%, 27% o 28% según tramo (https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_cumplimentacion/Ejercicio_2024/Manual_Renta_2024/6___Ganancias_y_perdidas_patrimoniales/6_6__Transmision_de_inmuebles__acciones_y_otros_bienes/6_6_2__Transmision_de_bienes_adquiridos_por_herencia_o_donacion.shtml).

Una buena planificación de la venta —elegir el momento adecuado, aplicar correctamente el valor de adquisición con todos sus incrementos deducibles— puede reducir significativamente la factura fiscal. Tras la aceptación y el pago de los impuestos autonómicos y municipales, hay que planificar bien la venta para no llevarse una sorpresa en el IRPF. Hogar360inmobiliaria


4. Resumen práctico: qué impuestos mirar si heredas en Badajoz

Impuesto de Sucesiones (Junta de Extremadura)

  • Se presenta ante el Servicio Fiscal de Badajoz, calle Padre Tomás 4, o telemáticamente a través del Portal Tributario: https://portaltributario.juntaex.es/PortalTributario/web/guest/isyd.
  • Bonificación del 99% para descendientes, ascendientes y cónyuge. Reducción de base de hasta 500.000 € para Grupos I y II (Ley 1/2025).
  • Hermanos, tíos y colaterales: sin bonificación, tributan por tarifa progresiva estatal.
  • Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6.
  • El pago en efectivo hace perder las bonificaciones.

Plusvalía municipal (IIVTNU)

  • Solo por inmuebles urbanos; se presenta ante el Ayuntamiento donde esté el inmueble (Badajoz, Mérida, Don Benito, Almendralejo, etc.) o ante el OAR de la Diputación si el municipio lo tiene delegado: https://oar.dip-badajoz.es.
  • Plazo: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 12.
  • Compara siempre el método objetivo y el método real; elige el menor.

IRPF (solo cuando vendas)

  • Grava la ganancia patrimonial generada entre el valor declarado en Sucesiones y el precio de venta.
  • Tributa en la base del ahorro (19–28% según tramo).
  • Conviene planificar la operación con asesoría fiscal antes de firmar.

5. Conclusión

En Badajoz y en toda la provincia, el Impuesto de Sucesiones para familiares directos está prácticamente anulado gracias a la bonificación del 99% de Extremadura y a la nueva reducción de hasta 500.000 € por heredero. Pero eso no significa que la herencia llegue sin costes: la plusvalía municipal puede suponer varios cientos o miles de euros dependiendo del valor catastral del suelo y los años de tenencia, y el IRPF puede ser la sorpresa más cara si se vende sin planificación.

Los plazos son cortos —6 meses para ambos impuestos— y la pérdida de las bonificaciones por un defecto formal (pagar en efectivo, presentar fuera de plazo) puede ser devastadora.

No dejes que los impuestos mermen lo que te han dejado mientras gestionas el duelo. En AyudaHerencia.com te ayudamos a liquidar correctamente el ISD y la plusvalía, aprovechar al máximo todas las reducciones disponibles y planificar la venta futura sin sustos fiscales.


Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cuánto cuesta contratar un abogado o asesor para gestionar una herencia en Badajoz? Los honorarios varían según la complejidad del caudal, pero un trámite completo de herencia media (un inmueble, dos herederos directos) puede oscilar entre 800 € y 2.500 € en honorarios profesionales. Ese coste suele amortizarse ampliamente si se identifican y aplican correctamente todas las reducciones y se evitan recargos por presentación extemporánea.

¿Qué pasa si no presento el Impuesto de Sucesiones en plazo en Extremadura? Se aplica un recargo del 5% si la presentación se efectúa dentro de los 3 meses siguientes al vencimiento, del 10% dentro de los 6 meses, del 15% dentro de los 12 meses, y del 20% si es posterior a los 12 meses. Además, si el retraso supera 12 meses, se generan intereses de demora. Portal Tributario Y lo más importante: se pierde el derecho a aplicar la bonificación del 99%.

 

¿Puede un hermano que vive en la casa heredada ser desahuciado por los demás coherederos? Sí. El Tribunal Supremo tiene consolidada doctrina según la cual el uso exclusivo de la vivienda hereditaria por uno solo de los coherederos, sin título que lo ampare y sin consentimiento del resto, constituye una situación de precario que puede resolverse mediante un juicio verbal de desahucio (artículos 1068 y 400 del Código Civil). Si os encontráis en esta situación de proindiviso bloqueado, en AyudaHerencia.com os ayudamos a encontrar una salida negociada antes de llegar a los tribunales.